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EL CÓDIGO DEL SISTEMA PENAL Y EL RIESGO PARA LA FUNCION POLICIAL

Al filo del enfrentamiento popular, aunque incipiente aún, los despachos que desde el 21-F difunden las agencias noticiosas nacionales e internacionales —sobre el MAS-IPSP— no hacen sino caldear esa hoguera a punto de ebullición. En realidad, las constantes que explicarían el desencadenamiento de una conflicto social interno más allá de las denuncias de corrupción anecdóticas de las masacres, las represiones y los episódicos represiones entre las fuerzas gubernamentales y las organizaciones sociales (estas últimas, por reclamos por intereses sectarios comprensibles); más allá, inclusive, de la falsa dicotomía que pretende identificar a las organizaciones sociales con la minoría opositora política, para ubicar ese conflicto en el mero —y falso— marco de un conflicto político partidista. La dinámica de los hechos derriba esquemas con su sola presencia: en este caso, las demandas sociales y la incapacidad del gobierno de la resolución de conflictos que ponen a la policía en franco enfrentamiento con su propio pueblo.

La unidad de la Fuerza policial ha sido socavada por el prebendalismo de sus comandantes como principio rector del Proceso de Cambio, mas allá del cumplimiento de la misión constitucional y la falaz interpretación oficialista del Código del Sistema Penal desde los distintos enfoques interpretativos existentes que deben tener primacía los supremos intereses de la defensa de la sociedad vinculados al futuro institucional de la Policía Boliviana y la seguridad de cada uno de los elementos humanos que la componen.

Posiblemente en la actualidad sea éste el meollo de la cuestión que desbordo a partir del capricho de una tercera repostulación de Dn. Evo Morales. Las diferencias de criterios son naturales en todo proceso político. Los hechos demostraron una “crisis económica, social y política” desde la lectura —del nuevo Código del Sistema Penal en el que 21 artículos le quitan al menos cinco competencias y otras 2 que atentan contra seguridad personal de la riesgosa función policial y el derecho al reclamo— no existió en lo sustancial una revisión por los verdaderos técnicos que existen en la cadena del combate contra la criminalidad, sino que fue un producto de los intereses políticos oficialistas. Por cierto, dicho Código pudo haber sido una herramienta eficaz si hubiera sido diseñada por los técnicos en cuestión, pero también implicaron desconocimiento sobre la naturaleza misma de afectar absolutamente a todas las actividades, el Art. 205; “I. La persona que, en el ejercicio de su PROFESIÓN, OFICIO O ACTIVIDAD cause daño a la salud o integridad física de otra persona, por infracción a un deber objetivo de cuidado por imprudencia, negligencia, impericia, inobservancia de protocolo, reglamento o deberes inherente al ejercicio de la profesión o actividad, será sancionada con reparación económica y cumplimiento de instrucciones judiciales”. Esta disposición legal sancionada y promulgada que, como cualquiera otra imposición política, es producto de la decantación de distintas opiniones que finalmente convergen en un acuerdo “corporativo” político —palabra utilizado por los dirigentes oficialistas, porque el MAS-IPSP no es un partido político, porque está formado por la Seis Federaciones del Trópico Cochabambino (cocaleros), contrabandistas, terroristas, algunos resabios del ELN, dirigentes tránsfugas y las FF.AA.—.

Lo que sí resulta verdaderamente importante en este momento, es la ratificación de la unidad policial en función de su pueblo —columna vertebral de cualquier gobierno democrático— y la circunstancia de que dicha unidad se debe alcanzar a partir de que no tomaron en cuenta el riesgo laboral en la función de la profesión de policía, lo que significa una traición a la institución del orden —o acaso el Art 205 les afecta a los ¿soldados? a los ¿militares?— esta realidad es solo la continuación a las funciones que ya nos desmembraron como Identificación Personal, Licencias de Conducir, control del contrabando y otros. ¿Se hará posible el anhelo de los “cocaleros” de vengarse con la desaparición de una policía con función integral? No nos olvidemos que el policía en su cotidiano patrullaje, o su trabajo se enfrenta a otros ciudadanos y mayor aun es el riesgo cuando se constituye para hacer cumplir el “orden público” (disolver manifestaciones) nosotros policías no ingresamos a quirófano, nuestro combate contra la delincuencias es minuto a minuto  —recordar solamente el caso John Copaga en el que un camarada ingreso a la cárcel y con la ley anterior— después que nos impusieron la ley 101 ahora nos ponen la espada en nuestra cabeza con el Código del Sistema Penal que atenta además contra otras atribuciones específicas de la función policial, por lo que señalamos, un hecho inédito en la historia de la elaboración de la ley jurídica o norma legal boliviana.

El día martes próximo comienza, ahora, un nuevo período. La próxima e inmediata etapa estará signada por, al menos, dos principalísimas cuestiones para los funcionarios policías: el cumplimiento de la verdadera misión constitucional y decidirse si realmente pertenecemos a una institución de servicio a su pueblo.

Waldo Panozo Meneces; Policía- Politólogo